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Nota jurídica

Nuevo sistema de llevanza de libros registro a través de la sede electrónica de la AEAT (SII)

09/12/2016

El pasado martes, 6 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado ("BOE") el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido ("IVA”).

Con el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre,  se establece un nuevo sistema de suministro inmediato de información («SIi») de carácter obligatorio para determinados sujetos pasivos del IVA, que supone un importante cambio en la gestión del Impuesto.

De acuerdo con la exposición de motivos, en línea con la modernización de las relaciones con los contribuyentes que la Agencia Estatal de Administración Tributaria («AEAT’) está llevando a cabo, el SIi moderniza la llevanza de los libros registro para adaptarlos al contexto del progreso tecnológico actual, acercando de este modo el momento del registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación económica. Así, el Real Decreto establece la obligación de remitir a través de la Sede electrónica de la AEAT la información que contienen los libros registro del IVA (no las facturas propiamente), además de cierta información adicional que se considera conveniente para ejercer el control necesario sobre el Impuesto.