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Nota jurídica

Medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda en Cataluña

27/05/2019

El 23 de mayo el Gobierno de la Generalitat de Cataluña publicó el Decreto-ley 9/2019 de medidas urgentes en contención de rentas de vivienda.

1.Introducción

El jueves 23 de mayo de 2019 el Gobierno de la Generalitat de Cataluña publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña en el ámbito de la prenda (el “Decreto-ley 9/2019”), el cual faculta, por un lado, a las administraciones públicas a calificar ciertas zonas del territorio como áreas con mercado tenso de vivienda y sujetar los contratos de arrendamiento que se concluyan a un régimen excepcional de contención de rentas de alquiler que resultará aplicable únicamente en las áreas que hayan sido objeto de declaración; y por otro, supone un mandato al Gobierno de la Generalitat de Cataluña, para que, en seis meses, presente ante el Parlamento de Cataluña un proyecto de ley de regulación integral de los contratos de arrendamiento de fincas urbanas con el fin de permitir que Cataluña cuente con una regulación propia en materia de contratos de arrendamientos urbanos.

El Decreto-ley 9/2019 es pionero en España. No obstante, medidas relativas a la contención de rentas, en la línea de las previstas en el presente Decreto-ley 9/2019, ya se aplican en países de nuestro entorno como Francia o Alemania.

2.Estructura y contenido del Decreto-ley 9/2019

La estructura del Decreto-ley 9/2019 se concreta en 24 artículos distribuidos en tres Capítulos, 3 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, una única disposición derogatoria y una única disposición final.

A continuación, se detallan los aspectos esenciales del articulado del Decreto-ley 9/2019.

Capítulo 1: Disposición general

Ámbito de aplicación del régimen de contención de las rentas.

Será de aplicación en los contratos de arrendamiento de vivienda en los que concurran las siguientes circunstancias:

  • Que se destinen a constituir la residencia permanente del arrendatario;
  • Que se sitúen en un área declarada como área con mercado tenso de vivienda; y
  • Que no se encuentren sujetos a un régimen de protección oficial.

 

El contenido completo de la Nota Jurídica se encuentra en el PDF.

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