Ignacio Santabaya, socio de Litigación y Arbitraje, analiza las nuevas Reglas de Arbitraje publicadas el pasado 11 de agosto por la London Court of International Arbitration (LCIA) y que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2020:
El 11 de agosto de 2020, la London Court of International Arbitration (“LCIA”) publicó sus nuevas Reglas de Arbitraje, que entrarán en vigor el 1 de octubre de 2020 y se aplicarán a los procedimientos que se inicien a partir de dicha fecha (las “Reglas LCIA 2020”).
Las Reglas LCIA 2020 suponen una actualización que pretende adaptar las reglas LCIA de 2014, vigentes hasta la fecha, a las circunstancias actuales. Con los cambios introducidos, la LCIA persigue agilizar y hacer más eficiente el procedimiento arbitral. Para ello, se adoptan diversas medidas, como dar preferencia a los medios de comunicación electrónicos, y se pone énfasis en un mayor uso de la tecnología durante todo el procedimiento arbitral.
Asimismo, se explicitan diversas facultades con las que cuentan los árbitros para hacer más expedito el procedimiento. Entre ellas, cabe destacar la posibilidad de decidir, en una fase temprana, que una reclamación o una defensa están fuera de la competencia del tribunal; resultan inadmisibles; o carecen manifiestamente de fundamento. También se incrementan los supuestos en los que el tribunal puede ordenar la acumulación de varios arbitrajes.
Por otro lado, las Reglas LCIA 2020 incluyen una regulación completa de la figura del secretario del tribunal y añaden previsiones sobre ciberseguridad, protección de datos y prevención de blanqueo de capitales.
El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.