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Nota jurídica

Nota sobre la caducidad apreciada por el Tribunal Supremo del procedimiento en el cual la CNMC impuso multas de 30 millones de euros a REPSOL y CEPSA

01/08/2022

En esta Nota Jurídica analizamos las sentencias del Tribunal Supremo que anulan dos resoluciones de la CNMC. El Supremo aprecia la caducidad por haber excedido la CNMC el plazo de 18 meses para finalizar el procedimiento.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado, al apreciar la caducidad del procedimiento, dos resoluciones del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (“CNMC”) de febrero de 2015. La CNMC había impuesto multas por un importe que asciende a los 30 millones de euros a las sociedades REPSOL S.A. (“REPSOL”) y la Compañía Española de Petróleos S.A.U. (“CEPSA”), al considerar que habían llegado a acuerdos de coordinación, pactos de no agresión e intercambios de información estratégica entre estaciones de servicio.

El contenido completo de la Nota Jurídica se encuentra en el PDF.

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