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Nota jurídica

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de abril de 2023

18/05/2023

La Nota Jurídica aborda el pronunciamiento reciente del Tribunal Supremo sobre esta Sentencia

La normativa española sobre Impuesto sobre la Renta de No Residentes infringe la libertad de circulación de capitales, al prever un tratamiento fiscal diferenciado no justificado entre Fondos de Inversión Libres o no armonizados no residentes y las Instituciones de Inversión Colectiva residentes.

El Tribunal Supremo (TS), en su sentencia de 5 de abril de 2023, concluye que la normativa española infringe la libertad de circulación de capitales consagrada en el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), ya que establece un tratamiento diferenciado no justificado entre Fondos de Inversión Libres (FIL) residentes y no residentes en situaciones comparables. Así, mientras que la normativa española prevé una tributación del 1% para los FIL residentes, los FIL no residentes tributan al tipo impositivo del 19% al recibir rentas consistentes en dividendos de sociedades residentes.

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