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Newsletter Fiscal – Marzo 2024

Newsletter Fiscal – Marzo 2024

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Newsletter Fiscal Marzo 2024

En esta Newsletter se analizan sentencias del TS, de los TSJ y Doctrina administrativa

Ángel Gil, abogado de Fiscal de Pérez-Llorca, destaca en este vídeo los principales temas tratados en la newsletter del mes de marzo.

Esta Newsletter trata sobre:

Sentencias del Tribunal Supremo 

El consentimiento del contribuyente para la entrada y registro también exige la existencia de un procedimiento previamente iniciado. El incumplimiento de tal exigencia no comporta la invalidez de las pruebas obtenidas. Cuestiones pendientes.

La declaración de inconstitucionalidad de una ley constituye un supuesto de nulidad de pleno derecho que puede legitimar la devolución de lo pagado en concepto de plusvalía municipal.

No procede exigir responsabilidad patrimonial del Estado por el IIVTNU, en relación con la STC 59/2017, si no se acredita la inexistencia de incremento real del valor de los terrenos.

Lex temporis en la valoración de la consolidación del usufructo a efectos del ISD.

La imputación temporal en el IS por la devolución de impuestos contrarios al Derecho de la Unión Europea debe efectuarse en el ejercicio en que se imputaron las cuotas del impuesto ilegal.

Cesión de vehículos a empleados y su impacto en el IVA.

Cuando se constituye una única hipoteca unilateral sobre varias fincas para suspender la ejecución de diversas deudas fiscales, y una de estas deudas es anulada judicialmente mientras las demás permanecen vigentes, el contribuyente no tiene derecho a solicitar la cancelación parcial de la hipoteca sobre algunas de dichas fincas.

El carácter vinculante al que se refiere el artículo 89 de la LGT lo es únicamente para el órgano de aplicación del tributo. El criterio emanado de una contestación vinculante a una consulta formulada no vincula al propio órgano judicial que, si analiza la cuestión controvertida, tiene que revisar la legalidad del acto dictado en su conjunto (si se ajustado o no a Derecho).

La norma de valoración contenida en el artículo 37.1.b) de la LIRPF no constituye una verdadera comprobación de valores a efectos del artículo 57.1 de la LGT.

La suscripción de participaciones en fondos de inversión a nombre de ambos cónyuges empleando dinero privativo de uno de ellos, no constituye una donación al otro cónyuge ni el hecho imponible del ISD, ya que la beneficiaria es la sociedad de gananciales.

Sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia 

Constituye el ejercicio de una opción la aplicación de la deducción o de la exención por doble imposición, por lo que no cabe solicitar su rectificación transcurrido el plazo reglamentario para la presentación de la declaración.

Doctrina administrativa 

TEAC

El TEAC señala que son de aplicación los efectos de la STC 11/2024 a solicitudes de rectificación de autoliquidaciones presentadas con anterioridad a la publicación de la sentencia.

El TEAC se pronuncia sobre la deducibilidad en el IS de las retribuciones satisfechas a administradores que mantienen un doble vínculo con la entidad: mercantil y laboral de alta dirección.

La transmisión de un bien de carácter privativo por parte de uno de los cónyuges a la sociedad conyugal de gananciales constituye una modificación en la estructura de su haber personal que puede dar lugar a la generación de una ganancia o pérdida patrimonial, sujeta a la correspondiente tributación en el IRPF.

DGT

La DGT identifica el marco normativo definitorio de las VPO de normativa estatal a los efectos de la aplicación de la exención en el ITPAJD.

Fiscalidad de un reparto de dividendos en especie posterior a una operación de canje de valores acogida al Régimen de Neutralidad Fiscal.

Los EPs pueden aplicar la reducción de la reserva de capitalización en su base imponible.

Los servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles situados en el TAI que no incluyan servicios propios de la industria hotelera se entienden localizados en el TAI, sin que resulte aplicable la inversión de sujeto pasivo con efectos desde 1 de enero de 2023. El epígrafe del IAE es el 834 “servicios relativos a la propiedad inmobiliaria y a la propiedad industrial”. No resulta aplicable la obligación de presentar el modelo 179 en el caso concreto.

Una empresa que financia parte del servicio de catering destinado a empleados debe soportar el IVA de dicha prestación sin tener derecho a su deducción al estar actuando como un consumidor final.