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Competencia internacional en la responsabilidad de administradores

13/07/2018
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Publicado en elEconomista.es

Cada vez es mayor en el mercado la demanda de asesoramiento internacional en materia de responsabilidad de administradores.

El objetivo de esta tribuna es plantear los principales interrogantes relativos a la competencia judicial internacional en este tipo de acciones. Es necesario llamar inmediatamente la atención sobre el hecho de que las demandas de responsabilidad de administradores no forman parte del catálogo de competencias exclusivas de los tribunales españoles en el que sí se integran la validez de las decisiones de las sociedades domiciliadas en España (impugnación de acuerdos sociales).
Este catálogo de competencias exclusivas está previsto en el artículo 24 del Reglamento 1215/2012, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial.

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