Publicado en Revista Responsabilidad Civil, Circulación y Seguro
Tanto en la legislación sustantiva de seguros como en los principios rectores de los reglamentos comunitarios que regulan la competencia judicial internacional en materia de seguros, resulta un pilar fundamental la protección de la parte más débil. Reflejo inequívoco de ello es la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (“LCS”), que prima la interpretación de las pólizas de la forma más favorable al asegurado.