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El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la legitimación activa en las acciones judiciales derivadas de préstamos o créditos hipotecarios titulizados

15/11/2021
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Publicado en El Derecho

El concepto “titulización” apareció por vez primera en el ordenamiento jurídico español de la mano de la Ley 19/1992.

El término titulización hace referencia al proceso, en virtud del cual el acreedor originario de un crédito, cede onerosamente su posición jurídica acreedora a otro sujeto que integra los activos en su patrimonio, emitiendo en su lugar, valores negociables. e trata, en esencia, del proceso de conversión de créditos hipotecarios en valores – bien sean cédulas, bonos o participaciones hipotecarias – que serán adquiridos por inversores, institucionales o no, con la finalidad principal de obtener recursos líquidos.

El contenido íntegro del artículo se puede encontrar en el PDF.

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