El SOD de accidentes para los deportistas federados que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal se introduce por primera vez en el artículo 59.2 de la antigua Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (“Ley 10/1990”) y en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo (“RD 849/1993”).
Como las principales características del SOD se regulan en el RD 849/1993, interesa analizar las repercusiones legales de la nueva Ley del Deporte y, en concreto, si ha de entenderse que se ha producido una derogación total o parcial del RD 849/1993, que, a la luz del artículo 23.3 y la disposición derogatoria única de la nueva Ley del Deporte, podría operar ope legis.
Artículo originalmente publicado en la Revista de Responsabilidad Civil y del Seguro de INESE el 4 de mayo de 2023.