Fue a la vuelta de las vacaciones de verano, y con cierto retraso (pues la reforma concursal derivaba de la trasposición de una directiva que debía haberse traspuesto antes del 17 de julio de 2022) cuando los profesionales de esta práctica descubríamos la versión definitiva de una norma que había sido tan aplaudida, en relación con algunos aspectos, como cuestionada en relación con otros.
Hoy comprobamos que los innovadores aires que traía la norma no han conseguido modificar muchas de las inercias de los operadores jurídicos, lo que viene a demostrar que transformar la sociedad a través de la transformación del derecho no siempre es una solución, al menos en el corto plazo. De hecho una de las grandes incógnitas cuando se aprobó la reforma concursal era si se conseguiría, a través de herramientas como los planes de reestructuración o la segunda oportunidad, eliminar el estigma de la crisis empresarial. De momento, no parece que se haya conseguido. Son muchas las décadas en las que el uso de las herramientas concursales se ha asociado con una liquidación, en muchos casos dramática, de las compañías.
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