El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (el “TSJM”), en su sentencia de 14 junio 2023 (EDJ 2023/638524) (la “Sentencia”), analiza la cuestión de la prueba ilícita en arbitraje. En este sentido, la Sentencia declara que no cabe albergar ninguna duda “a la hora de encuadrar una alegación de ilicitud de la prueba dentro del concepto de orden público”. Por lo tanto, la ilicitud de una prueba aportada en un procedimiento arbitral puede fundamentar una acción de anulación de laudo por infracción del orden público, de conformidad con el artículo 41.1.f) de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Puede leer el artículo completo aquí.