Artículo
Litispendencia, prejudicialidad civil y acumulación de procesos
27/11/2024
Publicado en Diario La Ley
El principio de seguridad jurídica ha dado lugar a distintas figuras tendentes a evitar resoluciones contradictorias y, al tiempo, la tramitación de procedimientos con un mismo objeto. La primera respuesta de las leyes procesales fue la cosa juzgada y su institución preventiva o cautelar, la litispendencia. No obstante, existen casos en que la triple identidad «objetiva, subjetiva y causal» que precisan esas figuras no concurren, pero en los que es preciso estar a la espera de la sentencia que se dicte en otro procedimiento con el que se aprecie cierta relación de interdependencia.
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