La crisis sanitaria derivada de la Covid-19 ha supuesto no pocos retos para los profesionales del derecho, que han tenido que adaptarse y buscar soluciones para evitar retrasos, muchas veces indefinidos, en los procedimientos. La perspectiva no es la misma en aquellos procedimientos seguidos antes los juzgados y tribunales españoles que, en términos generales, prefieren evitar la celebración de juicios telemáticos, que en el caso de procedimientos arbitrales, en los que la celebración de las vistas de prueba de forma virtual se planteó desde el inicio de la crisis sanitaria como una alternativa razonable.
Sin perjuicio de que cada caso debe ser analizado de forma independiente, la celebración de arbitrajes telemáticos se ha postulado así como una solución práctica para asegurar, de un lado, el respeto del derecho de defensa de las partes y, de otro, la resolución expeditiva de conflictos que debe caracterizar al arbitraje. Se han elaborado diferentes protocolos al respecto y la experiencia recopilada en este sentido es cada vez mayor, lo que permite descartar la desconfianza que, en un primer momento, pudo generar esta forma de celebración de las vistas.
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