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Nota Informativa Especial COVID-19 (Nº 19): Características del tercer tramo de la línea de avales prevista en el RDL 8/2020 y 15/2020

13/05/2020

En esta Nota Informativa analizamos los términos y condiciones de estos tramos de la línea de avales, según se recogen en el Acuerdo del Consejo de Ministros.

Para paliar los efectos económicos del COVID-19, el 5 de mayo de 2020 se aprobó el Acuerdo del Consejo de Ministros (el “Acuerdo del Consejo de Ministros”), publicado en el Boletín Oficial del Estado el 9 de mayo, por el que, entre otros, se aprueban la implementación y los términos y condiciones de:

-el tercer tramo de la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (“ICO”) por importe de 20.000 millones de euros, destinado a garantizar el endeudamiento financiero (existente o nuevo) asumido por autónomos, pymes y empresas que no reúnan la condición de pyme, frente a entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos, en relación con determinadas necesidades de circulante y liquidez de dichas empresas y autónomos (el “Tercer Tramo”);

-el tramo de la línea para reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (“CERSA”) por un importe de 500 millones de euros (el “Tramo Reavales”); y

-el tramo de la línea de avales para las emisiones de pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) que ascenderá a un importe de 4.000 millones de euros (el “Tramo MARF”).

El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.

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