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Coronavirus COVID-19

Nota Informativa Especial COVID-19 (Nº 24): Real Decreto-ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria

11/06/2020

Analizamos las medidas en el ámbito societario y en relación con la resolución de determinados contratos suscritos por consumidores y usuarios introducidas por el RDL 21/2020.

El 10 de junio de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (“RDL 21/2020”).

El RDL 21/2020 tiene por objeto establecer las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad por parte de algunas provincias, islas y unidades territoriales y, eventualmente, la expiración de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas.

Medidas en el ámbito societario

  1. Modificación del artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020

La disposición final cuarta del RDL 21/2020 vuelve a modificar el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19´(“RDL 8/2020”), que estableció una regulación extraordinaria de plazos de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales de las personas jurídicas de derecho privado no comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 41 de dicho texto legal, relativo a las sociedades anónimas cotizadas.

El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.

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