En la sesión se abordará la facultad de los órganos jurisdiccionales para estimar el importe de los daños y perjuicios sufridos por los demandantes como consecuencia de una infracción del Derecho de la competencia, en el marco de los procedimientos de reclamación civil en los que haya quedado suficientemente acreditada la existencia de un daño y el nexo de causalidad con la conducta infractora atribuible al demandado.
Los ponentes realizarán un repaso de los supuestos en los que cabe recurrir a dicha estimación judicial del daño y, en particular, de los requisitos introducidos por el artículo 17.1 de la Directiva 2014/104/UE y reflejados en la normativa española de transposición en el artículo 76.2 de la Ley de Defensa de la Competencia. Así, se analizarán los estándares que han aplicado los juzgados y
tribunales españoles para considerar que resulta “prácticamente imposible o excesivamente difícil” cuantificar los daños con precisión con base en las pruebas disponibles. Además, se revisitarán dichos requisitos y su aplicación por parte de los tribunales a la luz de la reciente doctrina asentada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que impone a los jueces nacionales el deber de evaluar la utilización de los medios y recursos que tanto la Directiva (artículo 5) como el Derecho nacional (artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) ponen a disposición de los demandantes para cumplir con su carga de la prueba para cuantificar el perjuicio causado y compensar cualquier posible asimetría informativa entre las partes.
Ponentes:
Moderador:
Posteriormente se servirá un vino español.
Aforo Limitado. Se podrá asistir tanto de manera presencial como de manera online. Aforo Limitado.