-El sujeto pasivo del AJD en los actos de constitución de hipotecas es el deudor hipotecario (y no el acreedor, como se afirmó en la STS de 17 de octubre de 2018)
-Límites a la potestad administrativa de requerimiento de información
-El régimen sancionador específico en materia de documentación de operaciones vinculadas no aplicará a aquellos contribuyentes que estén exonerados de preparar la misma
-La disolución de condominio y el reparto de la cosa común solo tributan en AJD por la parte que se adquiere
-La carga de la prueba de las dietas y asignaciones para gastos de viaje exoneradas de gravamen en el IRPF recaerá sobre el perceptor o el pagador en función de la naturaleza de las mismas
-La mera subcontratación de servicios financieros no está amparada por la exención del IVA
-La compensación de BINs constituye una opción tributaria en los términos del artículo 119.3 de la LGT