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Newsletter Fiscal Mayo 2020

Newsletter Fiscal Mayo 2020

Fiscal

Newsletter Fiscal Mayo 2020

En esta newsletter se abordan temas recientes en materia fiscal, incluyendo jurisprudencia del TS, incluyendo jurisprudencia del TJUE, otra jurisprudencia de interés y doctrina administrativa.

Ignasi Montesinos, abogado del área de Fiscal de Pérez-Llorca, comenta en el siguiente vídeo los elementos más importantes que contiene la Newsletter de Fiscal de mayo de 2020:

Específicamente, esta Newsletter trata sobre:

1.Jurisprudencia del TS

En el ISD, el 3% de valoración del ajuar doméstico no debe aplicarse al importe del caudal relicto, sino al importe de los bienes susceptibles de contar con ajuar

El principio de buena administración exige anular las liquidaciones del IBI cuando se anulan los valores catastrales, sin necesidad de esperar a que se fijen nuevos valores catastrales

Para el cálculo de la prorrata del IVA de una entidad holding no deben computarse las operaciones financieras de derivados, pero sí las operaciones de venta de participaciones del grupo

La declaración anual del IVA no tiene efectos interruptivos de la prescripción del derecho de la administración a determinar la deuda de los correspondientes períodos mensuales o trimestrales

2.Jurisprudencia del TJUE

No puede deducirse la existencia de un establecimiento permanente a efectos del IVA por el mero hecho de disponer de una filial

3.Otra Jurisprudencia de interés

La AN afirma que las actas de comprobado y conforme en el IS no alcanzan a las bases imponibles negativas pendientes de compensar

El cálculo de la limitación a la absorción de BINS en procesos de restructuración debe tener en cuenta el histórico de las aportaciones realizadas a los fondos propios de la entidad transmitente de estas

No cabe comprobar los ejercicios prescritos para la cuantificación del fondo de comercio con la finalidad de extender sus efectos a ejercicios no prescritos

La AN resuelve que para determinar la procedencia de la exención en las indemnizaciones por despido, la prueba indiciaria debe estar motivada, no siendo suficiente la mera enunciación de tales indicios

Los administradores también se podrán beneficiar de la exención prevista en el artículo 7.p) de la ley del IRPF para trabajos realizados en el extranjero

La aportación no dineraria de un inmueble junto con la asunción de la deuda asociada al mismo son una única convención liquidable por operaciones societarias del ITPAJD, sin que sea de aplicación liquidación alguna por transmisiones patrimoniales onerosas

4.Doctrina administrativa

Primera contestación de la DGT sobre la aplicación del tipo del IVA del 0% a las entregas a entidades de derecho público de bienes necesarios para combatir el covid-19

La DGT confirma su criterio acerca del devengo del IVA en la renegociación del precio de los contratos de arrendamiento