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Newsletter Fiscal – Octubre 2023

Newsletter Fiscal – Octubre 2023

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Newsletter Fiscal Octubre 2023

En esta Newsletter se abordan sentencias del Tribunal General de la Unión Europea, Tribunal Supremo y Doctrina administrativa

Samanta Díaz, asociada de Fiscal de Pérez-Llorca, destaca en este vídeo los principales temas tratados en la newsletter del mes de octubre.

Esta Newsletter trata sobre:

1. Sentencias del Tribunal General de la Unión Europea 

El Tribunal General de la UE anula la decisión de la Comisión que declaraba ilícito el régimen fiscal de deducción del fondo de comercio generado en las adquisiciones indirectas en sociedades no residentes quebrantando la confianza legítima de las autoridades españolas y empresas recurrentes.

2. Sentencias del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la facultad de Hacienda para acceder a la información de los dispositivos electrónicos en el ámbito de una actuación inspectora.

En los supuestos de sociedades interpuestas en los que se aprecie simulación, al contrario que en supuestos de operaciones vinculadas, la base de la sanción será la diferencia entre la cantidad dejada de ingresar por la persona física y la ingresada por la sociedad instrumental interpuesta, respecto de las mismas rentas.

El tipo de gravamen de una tasa debe estar expresamente recogido en la ordenanza fiscal o en su anexo y debe establecerse en función del tipo de uso que se efectúa del dominio público.

El TS establece que los porcentajes de reducción aplicables a determinados rendimientos del trabajo en el IRPF resultarán de aplicación en las indemnizaciones por despido de los altos directivos cuando estos sean también administradores.

El TS establece la nulidad de la liquidación practicada sin valorar las alegaciones previas del contribuyente, presentadas en tiempo y forma.

El cómputo del plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables solidarios del art.42.1.a) de la LGT comienza el día siguiente de la finalización del plazo de pago en periodo voluntario que correspondía al deudor principal en relación a la liquidación, aunque la sanción fuera exigible más tarde. Para admitir el efecto interruptivo de las actuaciones seguidas cerca del deudor principal es necesario que se haya declarado previamente la responsabilidad tributaria.

3. Doctrina administrativa

DGT 

Test de activos SOCIMIs: las inversiones inmobiliarias realizadas por sociedades francesas “SCI” “SNC”, transparentes a efectos fiscales, no pueden computarse directamente como activos aptos de una SOCIMI española de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2.1. y 3.1 de la Ley de SOCIMIs.

La tenencia indirecta de inmuebles en España, mediante una cadena de entidades no residentes y residentes, por parte de un no residente, está sujeta al IP y al ISGF cuando los inmuebles representen indirectamente, al menos, el 50% del activo de la sociedad participada directamente y el CDI lo permita.

Los créditos fiscales generados bajo normativa foral podrán aplicarse en el seno de un grupo de consolidación fiscal de territorio común atendiendo a los límites cuantitativos, cualitativos y temporales establecidos en la normativa de origen.

Tributación del rescate de un plan de pensiones y un seguro “unit link” para un contribuyente acogido al régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.

El gravamen especial del 19% de las SOCIMIs se devenga el día del acuerdo de distribución del dividendo a cuenta.

Las cuentas a cobrar derivadas de un contrato de arrendamiento pueden computarse como activos aptos de una SOCIMI a efectos del test de activos.

Cambio de criterio: las entidades dedicadas a la promoción y desarrollo de parques solares fotovoltaicos dejan de ser consideradas entidades patrimoniales a efectos de aplicar la exención del artículo 21 de la LIS.

Solo cabe regularizar la ventaja fiscal de la operación de reestructuración si el principal objetivo de esta es el fraude o evasión fiscal, distinta del diferimiento de la tributación inherente al propio régimen de reestructuraciones.

La DGT analiza una serie de cuestiones planteadas sobre el nuevo tratamiento fiscal del “carried interest”.

El abandono de obras de acondicionamiento de un local arrendado sin que se hayan amortizado completamente debe considerarse como pérdida patrimonial a efectos del IRPF.

Las ordenanzas fiscales de ICIO no pueden aprobar distintos tipos de gravamen para diferentes tipos de suelo.