– La reducción de pedidos o pérdida de un cliente como expresión de una circunstancia que valida la extinción de contratos de trabajo por causas productivas.
– Las empresas no pueden optar por el descuelgue o inaplicación en materias retributivas distintas del sistema de remuneración y cuantía salarial.
– Continúa en vigor la norma preconstitucional que obliga a la instalación de un comedor de empresa.