El pasado 6 de diciembre se publicaron en el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“RIRPF”) y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (“RIS”) y el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación (el “Reglamento”).
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