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Nota jurídica

Atisbos de Flexibilidad en la realización de controles empresariales de uso de los medios informáticos

25/01/2016

Sentencia de la Sección Cuarta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 12 de enero de 2016.

El último pronunciamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con las facultades de control del empresario ha causado un gran revuelo en los medios de comunicación, habiéndose difundido incluso como una «carta blanca» para que la empresa revise el correo electrónico profesional de los trabajadores.

Una detenida lectura de la sentencia nos lleva a concluir, sin embargo, que no estamos ante un precedente que ofrezca libertad total al empresario en este sentido. En cualquier caso la sentencia resulta novedosa en la medida en que introduce una mayor flexibilidad en la interpretación de las condiciones que deben cumplirse para considerar que el acceso a los medios informáticos de los trabajadores es válido y no vulnerador de los derechos fundamentales de los trabajadores.

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