El pasado jueves 15 de diciembre, el Congreso de los Diputados votó una Proposición de Ley Orgánica que, entre otros asuntos, introdujo modificaciones que afectan al cómputo de plazos procesales. Las reformas quedaron aprobadas, de forma definitiva, por el Senado en su sesión del miércoles 22 de diciembre y publicadas en el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) el día 23 del mismo mes.
En su Disposición Final Primera, la norma introduce una modificación de los artículos 182 y 183 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del del Poder Judicial (“LOPJ”), que regula el tiempo hábil para las actuaciones judiciales aplicables a todas las jurisdicciones. Así, se declaran inhábiles a efectos procesales los días del 24 de diciembre de 2022 al 6 de enero de 2023, ambos inclusive (a excepción de aquellas actuaciones judiciales declaradas urgentes por las leyes procesales).
Nota Jurídica con las implicaciones en el ámbito de la jurisdicción civil.
Nota Jurídica con las implicaciones analizadas en el resto de jurisdicciones: contencioso-administrativa, penal y social.