La adopción de un código de conducta es una de las herramientas de carácter voluntario que el RGPD ofrece a los sujetos obligados para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones, que permite tener en cuenta determinadas características específicas del sector que regula, y que es además vinculante para quienes se han adherido al mismo. Así, la adopción de códigos de conducta es útil para que el responsable del tratamiento demuestre que cumple con las obligaciones impuestas por la normativa de protección de datos. En el presente caso, la AEPD constató el cumplimiento de los requisitos exigidos para la adopción de un código de conducta.
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