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Nota jurídica

La CNMC aprueba una comunicación sobre inspecciones domiciliarias

24/06/2016

La CNMC dispone de amplias facultades de inspección, que incluyen desde el acceso a las oficinas de la empresa investigada hasta la verificación de información contenida en todo tipo de soportes, incluyendo la capacidad de precintar oficinas y bienes.

La Dirección de Competencia («DC») es el órgano concreto de la CNMC a quien el artículo 27 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC («LCNMC») atribuye las facultades inspectoras cuando éstas se utilizan en garantía del cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia («LDC»).

Los amplios poderes de inspección que la ley atribuye a la CNMC se ven reforzados, además, con el deber de las empresas, asociaciones o personas investigadas de colaborar con las autoridades inspectoras, deber cuyo incumplimiento está tipificado como infracción.

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