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Nota jurídica

Ley Reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza

17/11/2020

Analizamos en esta Nota Jurídica, la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, que complementa y desarrolla el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014.

El Reglamento 910/2014 deroga la anterior normativa, la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, a través de la cual, se establece un marco comunitario para la firma electrónica, que fue traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica (“Ley de Firma Electrónica”), quedando esta última derogada a partir del próximo 13 de noviembre, con la entrada en vigor de la Ley 6/2020.

El objeto de la Ley 6/2020 es ajustarse a la normativa europea, ya que la Ley de Firma Electrónica no cumplía íntegramente con los preceptos del Reglamento 910/2014. Así, complementa el Reglamento 910/2014 en cuestiones como la incorporación de requisitos a nivel nacional para certificados cualificados, tales como el periodo máximo de vigencia o las condiciones para la revocación y suspensión de los certificados electrónicos, entre otros.

Analizamos en esta nueva Nota Jurídica los aspectos principales de la Ley, que resumimos brevemente en esta infografía.

El contenido completo de la Nota Jurídica se encuentra en el PDF.

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