El Decreto Ley modifica algunos preceptos de diferentes leyes catalanas aprobadas en los últimos años en materia de vivienda. Por un lado, el Decreto Ley prevé una serie de medidas dirigidas a corregir la desocupación permanente de viviendas. En este sentido:
Se modifica la definición de “vivienda vacía”, quedando definida como tal “la vivienda que permanece desocupada permanentemente, sin causajustificada, por un plazo de más de dos años. A este efecto, son causas justificadas el traslado por razones laborales, el cambio de domicilio por una situación de dependencia, el abandono de la vivienda en una zona rural en proceso de pérdida de población y el hecho de que la propiedad de la vivienda sea objeto de un litigio judicial pendiente de resolución. La ocupación sin título legítimo no impide que se pueda considerar vacía una vivienda”.
El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.