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Nota jurídica

Real Decreto-ley del Trabajo a Distancia

23/09/2020

Analizamos en esta Nota Informativa los aspectos principales de esta norma.

El 23 de septiembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre de, de trabajo a distancia (el “RDL 28/2020”).

El RDL 28/2020 incorpora una nueva regulación aplicable al trabajo a distancia que modifica en su totalidad el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores que hasta la fecha regulaba esta materia. Los principios inspiradores del RDL 28/2020 son la voluntariedad de las partes para prestar servicios en este régimen y los principios de igualdad y no discriminación.

El RDL 28/2020 entrará en vigor a los 20 días de su publicación (con algunas salvedades), debiendo prestar especial atención a (i) la Disposición transitoria primera relativa a las situaciones de trabajo a distancia ya existentes en la fecha de entrada en vigor de la norma y (ii) la Disposición transitoria tercera, relativa al trabajo a distancia aplicado como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19.

El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.

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