La aprobación del Reglamento se ha producido en ejecución de la habilitación concedida al Gobierno a través de la Disposición Final Quinta de Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley 10/2010”), que otorgaba un plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley 10/2010 y que venció el 30 de abril de 2011. Asimismo, la aprobación del Reglamento se ha producido apenas cinco meses después de la aprobación de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que introdujo cambios significativos en la Ley 10/2010.
El objeto de la presente nota informativa es recalcar de manera general los aspectos más significativos de la vigente normativa en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (en adelante, “PBC”) que se ven afectados por el Reglamento.