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Nota jurídica

Reglamento de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo

09/05/2014

El Consejo de Ministros aprobó el reglamento que desarrollará la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

La aprobación del Reglamento se ha producido en ejecución de la habilitación concedida al Gobierno a través de la Disposición Final Quinta de Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley  10/2010”), que otorgaba un plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley 10/2010 y que venció el 30 de abril de 2011. Asimismo, la aprobación del Reglamento se ha producido apenas cinco meses  después  de  la  aprobación  de  Ley  19/2013,  de  9  de  diciembre,  de  Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que introdujo cambios significativos en la Ley 10/2010.

El objeto de la presente nota informativa es recalcar de manera general los aspectos más significativos de la vigente normativa en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (en adelante, “PBC”) que se ven afectados por el Reglamento.

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