El 30 de mayo de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”) emitió una sentencia en el asunto C-743/22, declarando ilegal el tipo impositivo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos en España previsto en el artículo 50.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que estuvo vigente entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2018.
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