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Nota jurídica

El Tribunal de Justicia Europeo invalida las transferencias internacionales de datos amparadas en el Privacy Shield

17/07/2020

Analizamos en esta Nota Jurídica los aspectos principales de este fallo del TJUE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”) ha dictaminado en su sentencia sobre el asunto Data Protection Commissioner /Maximillian Schrems y Facebook Ireland (C-311/18) que la Decisión de Escudo de Privacidad (“Privacy Shield”) no ofrece un nivel adecuado de protección, según los estándares de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la “Carta”) y del RGPD. En su resolución, el TJUE ha analizado, por un lado, tanto la validez de la Decisión de la Comisión Europea 2010/87 sobre cláusulas contractuales tipo, como la validez del acuerdo de Privacy Shield en sí.

Con respecto a la validez de la Decisión de la Comisión Europea 2010/87 sobre cláusulas contractuales tipo, el TJUE declara que, en su opinión, sí cumple con las garantías descritas en la Carta y en el RGPD, pero recuerda que existen determinadas obligaciones que tanto el exportador como el importador de datos deben cumplir, como por ejemplo y a título ilustrativo, comprobar que el país de destino de los datos cumple con unos estándares mínimos de seguridad.

El contenido completo de la Nota Jurídica se encuentra en el PDF.

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