En el pasado mes de julio, el Tribunal Supremo dictó tres sentencias que han confirmado la nulidad de varios contratos de permuta financiera (’swaps’) comercializados en su día por Caixa Penedés a varias empresas ya particulares. El Alto Tribunal ha confirmado la declaración de nulidad de esos ‘swaps’ debido a la existencia de un error en el consentimiento prestado porlos clientes en su suscripción y sienta jurisprudencia sobre dos conceptos que aquí se analizarán: las diferencias entre comercialización y asesoramiento, y las incidencias que los incumplimientos contractuales pueden tener en los vicios en el consentimiento.